El Tribunal Económico-Administrativo Central ha resuelto a favor de los criterios técnicos que emplea la Dirección General del Catastro para fijar el valor de referencia de los inmuebles, la cifra que Hacienda utiliza para calcular impuestos como Transmisiones Patrimoniales, Sucesiones o Patrimonio. La resolución rechaza los argumentos de varios contribuyentes que habían recurrido sus liquidaciones alegando que el método de cálculo carecía de rigor técnico y no reflejaba el valor real de mercado de sus propiedades. El fallo, además de zanjar los casos concretos, sienta un precedente que previsiblemente influirá en la resolución de miles de reclamaciones similares pendientes en tribunales económico-administrativos regionales. Colegios de tasadores y gestores administrativos llevan meses cuestionando la metodología, mientras la Agencia Tributaria defiende que el sistema aporta objetividad y evita la discrecionalidad en la valoración inmobiliaria a efectos fiscales.
El valor de referencia del Catastro se emplea para calcular impuestos como Transmisiones Patrimoniales, Sucesiones y Patrimonio.
El tribunal descarta que los informes técnicos usados por Hacienda carezcan de rigor.
La resolución sienta precedente para miles de recursos de contribuyentes pendientes de resolución.
Colegios de tasadores llevan meses cuestionando el método de cálculo del valor de referencia.
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